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El alto tribunal corrige la sentencia del Juzgado nº 2 y establece que el Convenio Colectivo debe respetar la ley, en este caso lo que establece el Estatuto de los Trabajadores como derecho mínimo y necesario, poniendo en conocimiento del Ministerio Fiscal la ilegalidad de dicho precepto a efectos de que pueda plantear la ilegalidad a través de la modalidad procesal de impugnación de convenios.

Para evitar que la tinta del calamar, no nos deje ver la importancia del varapalo judicial que les ha supuesto la sentencia, desde UGT-FICA debemos resaltar la ilegalidad en la que se situaba el actual texto del Convenio Colectivo, en materia de fijos discontinuos y celebrar por tanto, la nulidad de lo establecido al respecto en el mismo.

Este fallo del alto tribunal, abre a nuestro juicio, varias variantes muy importantes para conseguir dignificar el trabajo en el campo onubense.

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