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LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA DIGNIFICA EL TRABAJO EN EL CAMPO ONUBENSE

Para evitar que la tinta del calamar, no nos deje ver la importancia del varapalo judicial que les ha supuesto la sentencia, desde UGT-FICA debemos resaltar la ilegalidad en la que se situaba el actual texto del Convenio Colectivo, en materia de fijos discontinuos y celebrar por tanto, la nulidad de lo establecido al respecto en el mismo.

Este fallo del alto tribunal, abre a nuestro juicio, varias variantes muy importantes para conseguir dignificar el trabajo en el campo onubense.

Una es, la de dar estabilidad al empleo que se genera en las diferentes temporadas de los cultivos onubenses, ya que el TSJA hace valer que lo establecido en el Art. 16 del E.T. sobre la contratación indefinida de Fijos Discontinuos, es la que se debe usar en los diferentes cultivos onubenses, so pena de incurrir en una contratación en fraude de ley, toda vez que el Tribunal, resuelve en idéntico sentido que la sentencia de Almería que utiliza de contraste, en donde se dice: “ en el supuesto que examinamos, al igual que ocurría en el que está en la base de la sentencia de contraste, resulta que la actividad contratada (recolección de cítricos), que se prestó durante más de ocho campañas consecutivas con distinta intensidad, constituye una necesidad empresarial que se repite en intervalos separados pero reiterados en el tiempo y dotados de una cierta homogeneidad. La actividad de peón de recolección de cítricos responde a las necesidades normales y permanente de la empresa durante la campaña agrícola de recolección de la fruta y no puede cubrirse a través del contrato eventual porque la misma no responde a necesidades extraordinarias por circunstancias de producción temporalmente limitadas, ni tampoco puede entenderse mediante contratos de obra o servicio determinados, porque no hay limitación temporal de la obra o servicio, sino reiteración en el tiempo de forma permanente de las tareas en determinados periodos que se repiten todos los años, aunque no en las mismas fechas. De ello se deduce que la naturaleza del contrato que liga a la actora con la demandada es la de indefinida fija discontinua;…”.

Y la otra, mucho más urgente y perentoria, que es la de constituir la Comisión Negociadora para negociar un nuevo convenio colectivo, de acuerdo a lo que establece el artículo 37. Vinculación a la totalidad de lo pactado en este Convenio.En donde dice que:

Las condiciones pactadas en el presente convenio forman un todo orgánico e indivisible, y a los efectos de su aplicación práctica serán considerados con este carácter, de tal manera que la validez del convenio queda condicionada a su mantenimiento en los términos pactados.

En el supuesto que la autoridad laboral o la jurisdicción competente, haya sido o no publicado el convenio, en el ejercicio de sus facultades, estimase ilegal o nulo, o alterase de cualquier forma las cláusulas o pactos de cualquier tipo contenidos en el mismo, quedará el convenio sin eficacia debiéndose negociar nuevamente su contenido.

De ahí que la petición que vamos a hacer a las Administraciones competentes, especialmente a la Inspección de Trabajo, sea la de que se realicen todas las inspecciones necesarias, para revertir la temporalidad y el abuso de recurrir a la contratación temporal tal como queda acreditado por la sentencia. En este sentido, también vamos a exigir que se revisen las condiciones con las que se realiza la contratación en origen de los contingentes, al objeto de que se efectúen a través de la modalidad contractualdel Indefinido Fijo Discontinuo, tal y como determinan estas dos sentencias.

Además, y en evitación de que el Convenio siga estando fuera de la ley en materia salarial, la Inspección de Trabajo, haga cumplir el SMI pactado y aprobado por el Gobierno de 950 € para 2020, el cual se traduce para el sector agrario onubense en 48,54 €/día y de 7,46 €/hora para los trabajos en almacenes (Cooperativas).

En ningún caso, como Sindicato representativo y con amplia representación también en el campo onubense, vamos a permitir pacíficamente que la patronal ASAJA, quiera maquillar a su interés el Convenio y pretenda apartar a la UGT-FICA de la negociación del nuevo convenio, en este supuesto esperemos que CCOO no se preste a este juego, pues lo único que conseguirá es seguir perjudicando en sus derechos a los trabajadores y trabajadoras del campo.